¿Debo llevar la gafas para la revisión médica del permiso de conducir?

El uso de gafas y lentillas es una de las fuentes de dudas más frecuentes durante psicotécnico para obtener el carnet de conducir. Se trata de un detalle de gran importancia tanto en el momento del reconocimiento médico, como en el examen práctico y en la conducción una vez conseguido el permiso. Es muy importante que lo tengas claro porque un error o confusión en este sentido puede suponer que no te dejen examinarte del carnet o que te impongan una multa una vez ya tengas el permiso.

 

¿Debo llevar la gafas para la revisión médica del permiso de conducir?

 

Si necesitas gafas o lentillas para tu día a día deberás llevarlas tanto en el psicotécnico como en el examen práctico. En el caso de las lentillas, tendrás que informar de que las utilizas al médico que te haga el reconocimiento. ¡Atención! Si optas exclusivamente por las lentillas en este caso no podrás realizar el examen con gafas.

 

El reconocimiento médico incluye una exploración oftalmológica que evalúa la capacidad visual. Entre otras pruebas se realiza el clásico test Snellen, en el que debes identificar las letras de un cartel colocado a una distancia de unos 5 o 6 metros. Esta prueba la puedes realizar con o sin gafas, según las necesites. Así constará en el informe y finalmente en la parte trasera de tu carnet de conducir, en el punto 12.

El Reglamento General de Conductores especifica seis tipos de asistencia visual que puede necesitar el conductor:

  • 01.01 – Gafas.
  • 01.02 – Lentes de contacto o lentillas
  • 01.03 – Cristal de protección
  • 01.04 – Lente opaca
  • 01.05 – Recubrimiento de ojo
  • 01.06 – Gafas o lentes de contacto

 

¿Qué pasa si te operas después de sacarte el carnet y ya no necesitas utilizar gafas? Entonces deberás pedir un informe favorable al médico que ha realizado la intervención y repetir el examen psicotécnico para certificar que estás operado y ya no necesitas gafas. A continuación debes ir a la DGT y pagar las tasas correspondientes para obtener el permiso de conducir sin el código de gafas. Lo malo es que este permiso de conducir tendrá una validez de tan solo un año. Pasado este tiempo, la próxima renovación tendrá un período de vigencia normal.

 

Igualmente, si te han puesto gafas, también deberás repetirlo para cambiar el código en tu carnet.

 

¿Cuál es la multa por conducir sin gafas?

 

Si en tu carnet de conducir consta que utilizas gafas o lentillas, te paran en un control y no las llevas, te arriesgas a una multa de entre 90 y 300 €, según la valoración de peligro que crea el agente. Podrás ahorrarte la mitad si te acoges a la modalidad de pronto pago.

 

Ten en cuenta que igual pasa al revés si en tu carnet no consta que lleves gafas de vista pero te paran y sí las llevas, puede suponer una multa.

 

Ya no es obligatorio llevar unas gafas de repuesto en el coche, aunque desde luego es muy recomendable.

 

Si tienes alguna duda sobre el uso de gafas o lentes de contacto durante el psicotécnico, en Psicomédicos de Bilbao estaremos encantados de resolver todas tus dudas.